jueves, 13 de octubre de 2011

"obligatoriedad"

Se advierte del uso incorrecto del sustantivo obligatoriedad Se  ha observado que en la redacción de las noticias se confunde habitualmente el significado de la palabra obligatoriedad con el de obligación.

La diferencia entre ambas voces radica en que obligatoriedad significa 'cualidad de obligatorio', mientras que obligación alude a la 'cosa que alguien está obligado a hacer'. Es decir, mientras que las personas y organismos tienen obligaciones, solo las cosas pueden caracterizarse por su obligatoriedad. Así, en frases como: «El juez ha dejado en libertad sin fianza, pero con la obligatoriedad de presentarse cada 15 días en el juzgado...»; «Las novedades incorporadas este año para obtener este premio son la obligatoriedad del municipio de cumplir con la normativa...» lo correcto sería utilizar obligación en vez de obligatoriedad.

En consecuencia, se recomienda emplear el sustantivo obligatoriedad solo cuando se refiera a la cualidad de obligatorio de una cosa, por ejemplo: «El texto establece la obligatoriedad de esta ley para todos los ciudadanos».

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